¡La Declaración de la Renta te sale a devolver! Descubre cuál es el mensaje que te enviará Hacienda

La Agencia Tributaria dispone de seis meses para hacer la devolución

¡La Declaración de la Renta te sale a devolver! Descubre cuál es el mensaje que te enviará Hacienda

¡La Declaración de la Renta te sale a devolver! Descubre cuál es el mensaje que te enviará Hacienda

Cada año, miles de contribuyentes en España reciben la grata noticia de que su declaración de la Renta ha salido a devolver. La Agencia Tributaria se pondrá en contacto con todos los contribuyentes a los que les tenga que devolver dinero a través de un mensaje de texto o sms y a través del correo electrónico. El mensaje que Hacienda les hará llegar dice: “se ha ordenado el pago de su devolución del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas 2023”. Ni se debe contestar este mensaje de texto ni la Agencia Tributaria nos va a pedir que hagamos ningún trámite. Todo lo contrario, tras recibir esta notificación, el ingreso se hará de forma automática en la cuenta que hayas proporcionado.

¿Por qué Hacienda te devuelve dinero en la declaración de la Renta? Existen dos motivos principales por los que Hacienda puede devolverte dinero en la declaración de la Renta: por exceso de retenciones o por las deducciones aplicables.

Se considera que ha habido un exceso de retenciones cuando la empresa para la que trabajas o tu entidad financiera retienen una parte de tus ingresos en concepto de impuestos. El importe retenido se calcula de forma estimada y puede no ajustarse a tu situación fiscal real. Además, si en tu declaración de la Renta compruebas que has pagado más impuestos de los que te correspondían, Hacienda te devolverá la diferencia.

En cuanto a las deducciones son aquellas rebajas que se producen por diversos conceptos como el alquiler de vivienda, gastos por maternidad o paternidad, aportaciones a planes de pensiones, entre otros.

La Declaración de la Renta sale a devolver

En el caso de que la declaración salga a devolver, la Agencia Tributaria dispone de seis meses, "desde el término del plazo de presentación de las declaraciones, o desde la fecha de la presentación si la declaración fue presentada fuera de plazo, para practicar la liquidación provisional que confirme o rectifique el importe de la devolución que has solicitado".

Si no has recibido la devolución después de este periodo, se aplicará automáticamente un interés de demora sobre la cantidad a devolver por parte de Hacienda, sin necesidad de solicitud por parte del contribuyente.