La jueza María Celia Blanco, que instruye el caso Grúas, ha rechazado citar al alcalde de La Laguna, José Alberto Díaz, en calidad de investigado en este procedimiento judicial, en el que se estudian supuestas irregularidades en torno al servicio municipal de grúas. La decisión la recoge un auto fechado el lunes y que fue notificado ayer a las partes.

"En cuanto al recurso de no acceder a la imputación del señor Díaz Domínguez, se reitera que esta persona no firmó ninguno de los tres decretos que se están investigando; por lo tanto no sería el autor de la presunta prevaricación cuya instrucción es la que se está llevando a cabo; por lo que no procede oír al citado señor como investigado", reza textualmente el escrito judicial emitido, con la particularidad de que la frase "no firmó ninguno de los tres decretos" aparece subrayada y con el "no" en mayúsculas.

Esto llega después de una providencia del 14 de diciembre, tras la que la procuradora de los denunciantes Santiago Pérez, Juan Luis Herrera y Carmen Julia Pérez -todos ellos concejales de XTF-NC- interpuso un recurso de reforma. Ante ello, la representación procesal del único imputado, el edil Antonio Pérez Godiño, interesó la desestimación del recurso, mientras que el Ministerio Fiscal se expresó en el mismo sentido.

Además, se había cursado un segundo recurso de reforma contra la providencia del 17 de enero, en la que se apuntaba que la declaración de los catedráticos Francisco Villar y Francisco Clavijo sería como "testigos/peritos", y también la representación procesal de Godiño impugnó el recurso. "La declaración de los dos catedráticos lo era a título de testigos, sin perjuicio de que en la providencia, por error informático y porque el modelo de Atlante recoge ambos conceptos, se constara el tándem testigo/perito, si bien las citaciones sí se emitieron para oírlos como testigos", expone la magistrada. "La declaración de uno de ellos, que quedó interrumpida, se verificó ya como testigo, por lo que el asunto quedó zanjado, y no procede hacer más hincapié en el defecto de la providencia", añade.

El auto termina desestimando los dos recursos citados y confirmando "en todos sus extremos" las providencias contra las que fueron presentados. Ante la resolución cabe interponer recurso de apelación en el plazo de cinco días ante la Audiencia Provincia de Santa Cruz de Tenerife.