La Audiencia Nacional ha rechazado la reclamación presentada por la Asociación San Cristóbal de Trabajadores Autónomos del Auto-Taxi, a través de la cual exigían ser indemnizados por la supuesta pérdida de un documento en los Juzgados. Al no aparecer el escrito, el Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) inadmitió el recurso contra una modificación del Reglamento de este servicio y, además, los taxistas fueron condenados a hacer frente a las costas judiciales.

El abogado del Estado mantuvo que no se estaba ante un funcionamiento anormal de la Administración de Justicia, sino de un error judicial, por lo que achaca a los denunciantes no haber seguido el procedimiento correspondiente. No obstante, aún les queda a los trabajadores la posibilidad de recurrir la sentencia ante el Tribunal Supremo (TS).

En el mes de julio de 2010, el colectivo presentó un recurso contra la modificación parcial del Reglamento Regulador del Servicio de Vehículos de Alquiler Aparato Taxímetro aprobada por el ayuntamiento. La demanda fue tramitada en el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 2 de Santa Cruz, desde donde se solicitó que se subsanaran algunos defectos detectados en aquel momento; acreditar que los firmantes representaban a la asociación y aportar el acuerdo de la asamblea en el que se decidió interponer la acción judicial.

Los taxistas presentaron una escritura de poder notarial y el acta de la reunión en la que se dio vía libre al recurso. Pese a ello, la Sala determinó la caducidad del procedimiento al asegurar que no se habían subsanados los errores mencionados. Pero, a continuación, desde la misma instancia se emitiría un auto en el que se reconocería que sí se presentó la documentación requerida.

Por último, el Juzgado se inhibió a favor del TSJC, desde donde en 2014 se inadmitió la apelación por considerar que los demandantes no estaban debidamente legitimados al no aportar el acuerdo de la asamblea. Por ello, el colectivo se dirigió a la Audiencia Nacional, tras ver como el Ministerio de Justicia rechazaba su petición de indemnización, dados los perjuicios causados al colectivo.

Y todo ello pese a que los taxistas aseguran haber cumplido con cada uno de los requerimientos que se les exigieron desde las distintas instancias. En la reclamación, los profesionales no pedían una cantidad concreta, sino que dejaban en mano de los tribunales que la determinaran durante la ejecución de la sentencia. Siempre y cuando, claro está, el pronunciamiento les hubiese sido favorable.