El Consejo de Ministros ha dado hoy el primer paso para la que pretende ser tercera reforma de la Constitución desde su aprobación en 1978 que, como las dos anteriores, tendrá carácter parcial, aunque todo parece indicar que esta vez no bastará con una mayoría política sino que, si hay reforma, tendrá que someterse a referéndum.

En 1992 y en 2011 ningún grupo político hizo uso de la previsión constitucional -artículo 167.3- de celebrar un referéndum sobre la reforma si así lo solicitan en un plazo de quince días desde su aprobación en las Cortes una décima parte de los miembros de cualquiera de las cámaras.

Las modificaciones quedaron definitivamente aprobadas en 53 días, la primera, y en 31, la segunda, desde que se registrara en el Congreso la iniciativa de reforma.

En esta ocasión, sobre la propuesta del Gobierno de eliminar los aforamientos de miembros del Ejecutivo, diputados y senadores en casos que no tengan que ver con el ejercicio de su cargo, Podemos ya ha anunciado que no apoyará ninguna reforma de la Constitución, por mínima que sea, sin que se someta a un referéndum.

Esa posición de Podemos, que busca una reforma más amplia de la Constitución, junto a las discrepancias de fondo que han mostrado otros grupos, pone en riesgo la viabilidad de la reforma y, en el mejor de los casos, el calendario previsto por el jefe del Ejecutivo, Pedro Sánchez, quien calculó que, con los apoyos suficientes, este cambio normativo podría estar aprobado en el plazo de 60 días.

Hoy, el Consejo de Ministros ha dado un paso previo encargando al Consejo de Estado un informe sobre el encaje jurídico de la reforma que pretende para "reducir el aforamiento político al estricto ejercicio de las funciones del cargo público", según la portavoz del Gobierno, Isabel Celaá.

PRIMERA REFORMA, 1992

Fue fácil y rápida, se aprobó por unanimidad y consistió en la incorporación al artículo 13.2 de la Carta Magna de dos palabras: "y pasivo".

El Tratado de Maastrich de la Unión Europea incluía una artículo que reconocía el derecho de todo ciudadano de la UE a ser elector y elegible en las elecciones municipales del Estado miembro en el que resida, aunque no fuera nacional del mismo.

El Gobierno, de acuerdo con el artículo de la Constitución -95.2- que prevé una consulta al TC sobre posibles contradicciones de tratados internacionales con la Carta Magna, preguntó al tribunal y este respondió que efectivamente era precisa una modificación constitucional.

El procedimiento se inició el 7 de julio de 1992 mediante una proposición de ley firmada por todos los grupos parlamentarios del Congreso y resultó fácil, no se presentaron enmiendas y, tras su paso por el Senado, quedó definitivamente aprobada el 30 de julio.

Abierto el citado plazo de quince días, nadie pidió un referéndum y se publicó finalmente en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el 28 de agosto, proclamando ya que los ciudadanos de la UE residentes en España tendrán derecho al sufragio activo "y pasivo" en las elecciones municipales.

SEGUNDA REFORMA, 2011

Mucho más polémica resultó esta segunda modificación de la Constitución que consistió en incorporar como precepto constitucional, y por tanto de carácter estructural, la disciplina presupuestaria y el compromiso con la reducción del déficit del Estado.

PSOE y PP, que entonces sumaban 321 diputados en el Congreso presentaron una proposición de ley conjunta, para la que solicitaron tramitación urgente y en lectura única, de reforma del artículo 135 de la Constitución, con la que pretendían aplacar las incertidumbres en los mercados sobre la solvencia de España en un momento de fuertes tensiones financieras.

Esta reforma exprés levantó muchas ampollas en el seno del propio PSOE, algunos de cuyos diputados y senadores no apoyaron la iniciativa del Gobierno presidido por José Luis Rodríguez Zapatero.

Otros grupos se abstuvieron, otros se ausentaron de la votación y, en general, toda la oposición criticó la forma en la que se había llevado a cabo el trámite, aunque no lograron las firmas suficientes como para forzar el referéndum.

Finalmente, la iniciativa presentada por PSOE y PP el 26 de agosto de 2011, culminado su recorrido parlamentario, fue publicada en el BOE el 27 de septiembre.

El artículo 135, que originalmente tenía dos apartados, se amplió a seis en los que se consagraba el principio de estabilidad presupuestaria.