La Audiencia de Barcelona ha condenado a tres años de cárcel al exalcalde de Sabadell (Barcelona) Manuel Bustos (PSC) por ordenar a la Policía Local que retirara sendas multas de tráfico que había impuesto a su esposa e hijos en 2012, cuando gobernaba el municipio.

En su sentencia, la sección décima de la Audiencia de Barcelona condena a Bustos por dos delitos de tráfico de influencias y le impone además 16 años de inhabilitación para ejercer cargos públicos y una multa de 400 euros.

Ésta es la segunda condena que acumula Bustos por la investigación del caso Mercurio sobre presuntas irregularidades en el Ayuntamiento de Sabadell, después de la que le impuso en 2015 el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC), junto al ex número dos del PSC Daniel Fernández, por usar su influencia sobre una alcaldesa socialista para que empleara a una exalto cargo del tripartito.

Las gestiones del exalcalde socialista para que se saldaran las multas a su familia se destaparon en las intervenciones telefónicas que acordó un juez de instrucción de Sabadell, a raíz de las sospechas de presunta corrupción de empresarios y concejales del consistorio.

En su sentencia, el tribunal condena además a 15 meses y un día de cárcel y a 11 años y medio de inhabilitación para cargo público a Josep Miquel D., el exintendente de la Policía Local que anuló las multas, por un delito de tráfico de influencias y otro de prevaricación administrativa.

Por el contrario, absuelve a Xavier I., excoordinador de Espacio Público de Sabadell del delito de malversación del que se le acusaba, al no haber podido probar que pagara una de las multas con dinero público, como el propio procesado explicó a Bustos en una conversación telefónica intervenida.

La sala ha impuesto a Manuel Bustos la condena por tráfico de influencias en su mitad superior, al considerar el delito agravado, puesto que el exalcalde "consiguió el propósito buscado", que era que se anularan las multas a sus familiares.

Para el tribunal, la conducta de Bustos "supone un menoscabo para el interés general, atacando la objetividad e imparcialidad de la función pública", cuando como alcalde tenía "una obligación mayor de proteger el interés público, al haber sido elegido por la generalidad de las personas para salvaguardar dicho interés".

Según cree probado la Audiencia, en marzo de 2012 el exalcalde intervino para que se retirara una multa de 200 euros que la Policía Local había impuesto a su esposa por estacionar su coche en una parada de transporte público en la plaza Vallès de Sabadell.

El exalcalde, sostiene el tribunal, llamó esa misma tarde al intendente de la Policía Local y, aprovechando que era su "subordinado", le contó el incidente, "sugiriendo que había que arreglar el tema de la multa, ya que no estaba dispuesto a abonar el importe de 200 euros que suponía la sanción".

La sentencia reconoce que el intendente asintió a las indicaciones de Bustos, asegurándole que "como siempre tenía la razón" y, "prevaliéndose de su situación de superioridad jerárquica, dio la órdenes correspondientes" para que la denuncia de tráfico no prosperara.

En otra ocasión, en junio de 2012, la grúa municipal se llevó el vehículo de la exesposa de Bustos que sus dos hijos habían dejado estacionado en una zona de carga y descarga, debidamente señalizada, de Sabadell, por lo que se les impuso una sanción de 200 euros.

Según considera probado el tribunal, el exalcalde indicó a sus hijos que fueran a la Jefatura de la Policía Local para que los atendiera el intendente, donde un agente se encargó de formalizar los trámites necesarios para sacar el vehículo del depósito municipal.

Para hacerlo, añade la sala, el intendente pagó la tasa de la grúa, que costó 133 euros, sin que esté acreditado que la suma procediera de la caja de anticipos de titularidad pública, que estaba bajo su custodia.

Poco después, el intendente garantizó a Bustos en una conversación telefónica que "todo estaba arreglado" y que interpondrían un recurso para que los hijos del exalcalde no tuvieran que pagar cantidad alguna por el incidente de la grúa.

El intendente, en consecuencia, elaboró un informe con unas alegaciones a la sanción impuesta, lo que motivó que el 2 de agosto de 2012 el servicio de multas de Sabadell anulara la multa, mantiene la Audiencia de Barcelona.

Tras analizar las conversaciones telefónicas intervenidas, el tribunal concluye en su sentencia que Bustos "no tenía ningún reparo" en llamar al intendente para que anulara las sanciones a sus hijos y que el exalcalde "usaba y abusaba esa situación de superioridad jerárquica", sin que su subalterno alegara "una sola excusa".