La Junta Electoral Central (JEC) permitirá que interventores y apoderados de los partidos políticos registren los DNI de todos aquellos votantes que, a su juicio, no estén ejerciendo su derecho al voto de forma consciente, libre y voluntaria. De esa forma evita mencionar esta medida sólo para los votantes con discapacidad intelectual, algo que había generado críticas.

La JEC aprobó una instrucción el pasado 11 de marzo para unificar criterios en las mesas electorales, después de la reforma de la Ley Orgánica de Régimen Electoral General (LOREG) que entró en vigor el pasado diciembre. Esta modificación permite que 100.000 personas con discapacidad intelectual puedan ejercer por primera vez su derecho a voto en los próximo comicios.

En el documento de hace una semana, el supervisor permitía a los miembros de las mesas electorales, así como a apoderados e interventores adscritos a ellas, registrar el DNI de aquellas personas con discapacidad de cuyo voto libre se dudara, aunque su papeleta siempre sería aceptada.

CRÍTICAS POR DISCRIMINACIÓN

Esta medida suscitó diversas críticas, como la del Comité Estatal de Representante de Personas con Discapacidad (CERMI), la Fundación ONCE, el diputado de Unión del Pueblo Navarro (UPN), Íñigo Alli, la eurodiputada del PP Rosa Estaràs o Podemos, entre otros, que llegaron a escribir a la JEC pidiendo al órgano que anulara esta decisión por "estigmatizante".

Tras una reunión de Alli con los letrados que asesoraron a la JEC, éstos aseguraron que llevarían la propuesta a la reunión que se ha producido este lunes y se replantearían la instrucción.

Finalmente, este punto del texto se ha modificado para eliminar la marca de "personas con discapacidad", lo que en la práctica amplía a todos los electores la posibilidad de marcar en el acta el DNI de los votantes cuya libertad de voto se cuestiona.

"En el supuesto de que algún miembro de una Mesa Electoral o alguno de los interventores o apoderados adscritos a esa mesa considere que el voto no es ejercido de forma consciente, libre y voluntaria, lo podrá hacer constar en el acta de la sesión, pero no se impedirá que dicho voto sea introducido en la urna", señala la nueva instrucción, recogida por Europa Press.

PROBLEMAS INTERPRETATIVOS EN LA LOREG

En la instrucción redactada este lunes, la JEC reconoce la necesidad de "modificar algunas de las expresiones incluidas" en la instrucción anterior para "procurar una mejor aplicación de la finalidad y el espíritu previsto por el legislador", tal y como le pedían los escritos recibidos estos días.

Del mismo modo, señala que la nueva redacción de la Ley Orgánica de Régimen Electoral General (LOREG) "suscita problemas interpretativos" que "no han sido resueltos por el legislador".

Se refiere a la inclusión de los adjetivos "consciente, libre y voluntariamente" en referencia al ejercicio del derecho de sufragio activo para personas con discapacidad, así como a la forma de comunicar el ejercicio de este derecho y los medios de apoyo que se requieran.

Por ello, señala en la instrucción, consideran necesaria, estas directrices, para "clarificar estos extremos" y que "las Mesas Electorales puedan seguir un criterio uniforme de actuación".