SOR María de Jesús, monja lega del convento de Santa Catalina de Siena de La Laguna (El Sauzal, 1643-La Laguna, 1731), dejó tras de sí una estela de santidad que ha perpetuado su memoria hasta el día de hoy. Cada año sus devotos acuden a venerar su cuerpo incorrupto en el convento en cuya clausura ingresó en el año 1668, y en el que pasó algo más de sesenta años de vida.

El indudable fenómeno de su devoción popular suscitó la atención de Rodríguez Moure, su primer biógrafo, que a comienzos del siglo XX reunió la documentación que logró encontrar sobre ella, y la tradición oral que se había transmitido dentro del convento donde profesó y vivió, divulgada de boca a boca entre las monjas catalinas; y, cómo no, la tradición oral conservada en El Sauzal, su pueblo natal, a la que Moure califica como: "Que corre aún muy viva entre los vecinos del Sauzal, sus compatriotas".

Ahora bien, como sucede en los casos de tradiciones orales se produjo una selección inconsciente del repertorio de noticias que el relator o relatores iniciales de las mismas consideraron más dignos de ser recordados y perpetuados, de lo que ha de deducirse, y se puede probar posteriormente, que se obvian y olvidan una serie de datos que no se estiman tan merecedores del esfuerzo oral.

Es evidente y natural a este tipo de tradiciones orales asociadas a personas consideradas en vida como santas que se tienda a evocar y ensalzar los episodios considerados como milagrosos, o cuando menos como providenciales, y a no incluir los detalles comunes, los de la vida del día a día.

Así sucede en la tradición oral de El Sauzal, pues se constata que los vecinos acomodados de la zona, cuando hacían informaciones genealógicas sobre sus antepasados y se gloriaban de tener algún parentesco con esta ilustre sauzalera, lo que traían a colación era esta faceta, como acaece en la genealogía que elaboró y presentó en el siglo XVIII el capitán Andrés Domínguez:

"Y para corona de esta ilustre familia será bastante con decir el enlace de parentesco que tienen con sor María de Jesús, religiosa que fue en el convento de Señora Santa Catalina de Sena de esta ciudad de La Laguna, bien conocida por sus milagros y prodigios, así en estas Islas como fuera de ellas"1.

Para descubrir esos detalles olvidados es necesario exhumar los documentos escritos que den fe de ellos. Siguiendo esa línea de investigación, hoy quisiera sacar del olvido un episodio de su vida que se perdió entre los pliegues de la tradición oral, y no fue recogido por su primer biógrafo ni por los que después han ido haciendo sus aportaciones al respecto.

En 1691 le fue encomendada una imagen de la Virgen de Candelaria para que la custodiase y le diese el culto que mejor pudiese, como atestigua una escritura notarial otorgada a favor de su monasterio en la ciudad de La Laguna el 24 de marzo de 1691:

"Sepan cuantos esta carta de imposición de capellanía vieren cómo nos, el reverendo padre fray Francisco Tejera del Manzano, de la Orden de predicadores, y el Capitán Luis Costero, vecino de esta ciudad, como albaceas testamentarios que somos de Leonor Méndez, difunta, vecina que fue de esta ciudad, cuyo albaceazgo tenemos querido y aceptado, y si es necesario ahora de nuevo lo aceptamos para lo que de yuso se hará mención, otorgamos, y conocemos y decimos que por cuanto la dicha Leonor Méndez entre las cosas que nos dejó encargadas y que tocan al dicho albaceazgo, fue el dejar un imagen de bulto de la advocación de Nuestra Señora de Candelaria.

La cual dispuso y fue su voluntad se entregase a María de Jesús, monja lega en el convento de Nuestra madre Santa Catalina de Sena de esta ciudad, para que la pusiese en dicho convento en la parte y lugar a donde estuviere con más decencia y veneración.

Y que el día de su fiesta, que se ha de hacer señaladamente el día de San Blas de cada año perpetuamente, para siempre jamás, se pusiese la dicha imagen en el cuerpo de la iglesia de dicho convento, poniendo la cera que se pudiere comprar con el valor de media fanega de trigo, de calidad, que esté ardiendo dicha cera todo el día.

Y que para el ornato de la dicha imagen se le diese a dicha religiosa una fanega de trigo en cada un año.

Y que muerta la dicha María de Jesús quedase la dicha imagen, con todo el vestuario y demás cosas que tuviere, en el dicho convento, entregándose a la sacristana mayor que es o fuere de él, para que tenga el mismo cuidado que la dicha María de Jesús"2.

Los albaceas, que eran los encargados de cumplir lo dispuesto en los testamentos, prosiguieron en este documento que comentamos con la imposición de una misa cantada y diez rezadas que se habían de celebrar en el convento el día de San Blas, dotaron económicamente esta memoria de misas y la impusieron a favor del convento de Santa Catalina, para que este pudiese reclamar anualmente las cantidades comprometidas.

Se refieren a sor María de Jesús como monja lega, precisión necesaria para identificarla entre las demás mujeres que se encontraban dentro de la clausura de ese convento, pues estas, al igual que sucedía en la sociedad civil de la época, se agrupaban en diversas categorías: monjas de velo, que eran las que profesaban como religiosas llevando dote en dinero, tierras y otros bienes; las legas, que también eran monjas, pero sin llevar dote, y que por tanto desempeñaban las labores serviles y menos valoradas, trabajando con sus manos; las donadas, que ni siquiera eran consideradas como monjas; las criadas; las niñas, que entraban como alumnas, y las señoras, que pasaban algunas temporadas allí.

Moure recoge en su biografía la gran devoción que la Siervita profesaba a Nuestra Señora de Candelaria, y cómo merced a sus constantes súplicas sus tíos, con los que vivía en La Laguna, accedieron a que fuese a su santuario con una familia de confianza:

"Al llegar a la casa de la Madre de Dios [de Candelaria], el corazón de nuestra biografiada quedó cautivo ante su altar, y no quiso apartarse de él, porque no sabía ni podía deshacerse de aquella fuerza afectuosa con que la soberana Reina de los Cielos sujeta a las almas puras y amantes de su Divino Hijo. Por este mismo devoto afecto pidieron permiso para velar ante la Santa Imagen, y, otorgado, echaron de ver no tenían luz con qué obsequiar en su fervor a la Virgen. Pero María recordó que por casualidad en su bolsillo tenía un trocito de vela de cera, y, tomándolo, lo encendió con fe; y alimentándolo con el fervor de su oración, les alumbró toda la noche, pudiéndole apagar sus asombradas compañeras al rayar el día".

Leonor Méndez falleció en agosto de 1690, y el día 4 de ese mismo mes fue enterrada en el convento de Santo Domingo de La Laguna3. Había testado un mes antes, el 30 de junio, declarando ser hija legítima de José Méndez y de Inés Francisca, ya difuntos4. Esta filiación, y los datos contenidos en su testamento, me han permitido hacer su genealogía, llegando hasta los testamentos de sus progenitores5, y comprobar que no tenía parentesco con la Siervita, cuando menos próximo, ni relación evidente con El Sauzal.

Leonor Méndez no se refirió a la imagen de la Candelaria en su testamento, pero esto fue porque quedó englobada esta manda en las que confió en conjunto y genéricamente al buen juicio y confianza que le merecían sus albaceas, que a la postre fueron los que, tras las oportunas conversaciones con la madre abadesa y comunidad de monjas, como era preceptivo en estos casos, formalizaron notarialmente esta última voluntad de la testadora.

El paradero actual de esta imagen es un enigma, aunque algo menos que ayer, en que ni siquiera sospechábamos de su existencia.

Bibliografía:

Rodríguez Moure, José, "Cuadros históricos de admirable vida y virtudes de la Sierva de Dios sor María de Jesús de León Delgado", La Laguna, 1911.

Notas:

1 Archivo Histórico Provincial de Santa Cruz de Tenerife (en adelante: AHP), Protocolos notariales, leg. 1.490, cuaderno cosido al final del año 1772, ff. 37r-37v.

2 AHP, Protocolos notariales, leg. 300, ff. 394r-395v.

3 Archivo parroquial de Nuestra Señora de los Remedios de La Laguna, depositado en el Archivo Histórico Diocesano de San Cristóbal de La Laguna (en adelante: APR), libro 4º de entierros, f. 295r.

4 APR, legajo 103, d. 2, ff. 199r-202r.

5 El testamento de su madre: AHP, Protocolos notariales, leg. 289, ff. 109v-110r; y el de su padre: AHP, Protocolos notariales, leg. 290, ff. 173r-174v. He reunido más documentación sobre esta familia, que no reseño por evitar una mayor extensión que distraería del objeto principal de este artículo.