El juez del juzgado de lo Penal número 3 de Santa Cruz de Tenerife ha condenado al conductor del Mini, Pedro Galván Hernández-Rubio, que atropelló en octubre de 2006 a tres miembros de una misma familia, causándoles la muerte, a dos años, nueves meses y un día de prisión por un delito de conducción temeraria con tres homicidios por imprudencia grave.

Al conductor del otro vehículo implicado en el accidente, Javier Ruiz Benítez de Lugo Parejo, se le ha impuesto una pena de tres años y tres meses de cárcel por el mismo delito y otros nueve meses de prisión por un delito de omisión del deber de socorro.

Además, se ha condenado a ambos acusados a cinco años y seis mese de privación del derecho de conducir vehículos a motor y ciclomotores, así como al reparto equitativo del pago de las costas procesales, incluidas las causadas a la acusación particular.

En cuanto a la responsabilidad civil, ambos condenados deberán pagar a los familiares de las víctimas 194.033 euros, de lo cual responderá la compañía aseguradora Mapfre en concepto de responsable civil directa. Cabe señalar que la familia de los fallecidos ya ha recibido 161.000 euros de la aseguradora.

La diferencia de las penas entre los dos acusados reside a la atenuante de confesión y arrepentimiento que se dio en el caso de Pedro Galván y que no existió en Javier Ruiz.

Según señala la sentencia, que no es firme, Pedro pidió perdón no solo "al hacer uso de la última palabra, sino incluso desde tan solo instantes después de la comisión de los hechos y a lo largo del procedimiento". A esta atenuante, de la "conciencia del acusado del trágico resultado de su conducta", se le sumó la "excesiva juventud del penado y la ausencia de antecedentes penales" como justificación para imponerle esa pena.

Cabe señalar que la defensa de Pedro Galván había solicitado seis meses de prisión por homicidio imprudente con las atenuantes de confesión, aceptada al identificarse como autor del atropello desde el primer momento; dilaciones indebidas, que el juez no aceptó debido a la cantidad de informes pedidos por las partes y la complejidad de la causa, y reparación del daño, tampoco concedida dado que quien pagó la indemnización inicial fue la aseguradora del vehículo.

En el caso de Javier Ruiz Benítez de Lugo, el escrito especifica que el juez ha valorado además de "la ausencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad penal, la gravedad del hecho delictivo y la ausencia de antecedentes penales, aunque en menor medida, dada la falta de arrepentimiento que mostró durante todo el proceso, incluso en el acto de la vista oral" para la imposición de tres años y tres meses de cárcel por la conducción temeraria con tres homicidios imprudentes.

Para imponer los nueve meses de prisión por el delito de omisión de socorro, se atendió a "la ausencia del más mínimo arrepentimiento, como pudo apreciar este juzgador personalmente en el acto plenario".

Cabe señalar que la defensa de Javier Ruiz había solicitado la libre absolución de su representado.

La Fiscalía había solicitado en su escrito definitivo las penas de cuatro años de prisión por el delito de conducción temeraria con tres homicidios imprudentes y un año de cárcel por omisión de socorro, mientras que la acusación particular pidió la misma pena por el primer delito y dos años por el segundo.

Los hechos probados

Tras cuatro reconstrucciones, tres informes forenses, diversos informes y un maratoniano juicio, el juez determinó en la sentencia como hechos probados que los acusados circulaban por la avenida José Antonio (avenida Marítima) a una velocidad comprendida entre 80 y 100 kilómetros por hora, que saltaron el semáforo que estaba a la altura de la intersección con la calle Imeldo Serís en rojo y que los peatones cruzaban por el paso de peatones.

Según señala la sentencia, Pedro Galván, al salir de los aparcamientos de la zona contigua al Castillo Negro, se encontró en el semáforo del Auditorio con Javier Ruiz, quien con anterioridad circulaba "a velocidad elevada y con maniobras bruscas". Una vez se puso en verde el semáforo, los dos acusados reanudaron la marcha "a toda velocidad". En la avenida Marítima, los dos coches mantuvieron "una especie de carrera al tiempo que rebasaban otros vehículos que circulaban entre ambos o que estaban detenidos".

Javier Ruiz, en un punto de la travesía, "miró por el retrovisor a fin de comprobar la posición del otro acusado", y al mirar hacia delante vio a "los tres peatones sobre el paso de cebra en el mismo carril por el que circulaba", y los esquivó. Pedro Galván, que circulaba por detrás y muy próximo a una velocidad superior de 80 kilómetros por hora, no tuvo tiempo de reaccionar y los arrolló. Como consecuencia de estos hechos, las tres víctimas salieron despedidas y fallecieron.

Pedro Galván paró en el aparcamiento de la plaza de España, llamó al 112 y reconoció los hechos. Javier Ruiz paró, llamó al "112 informando del atropello y facilitando los datos del vehículo de Pedro" y se marchó.