Un juzgado de Madrid ha condenado a la sociedad médica Sanitas al pago de una indemnización de 260.000 euros, más intereses moratorios, por el retraso de 12 años en el diagnóstico de la enfermedad de Parkinson.

La sentencia del Juzgado de Primera Instancia número 71 toma en consideración las conclusiones periciales de que "la falta de una exploración neurológica reglada" y el retraso en el diagnóstico repercutió "negativamente y de forma muy importante en todos los aspectos de la vida del paciente: personal, familiar, social y laboral" del afectado.

El paciente tenía 20 años cuando comenzó a notar temblores y acudió a uno de los Centros Médicos de Sanitas en 1993, donde se concluyó, sin la exploración neurológica preceptiva, que no padecía anomalías orgánicas, según la sentencia tramitada por los servicios jurídicos de la asociación El Defensor del Paciente.

Tras ello, se le diagnosticó "temblor esencial" y le prescribieron la medicina Sumial. En los años siguientes se le diagnosticó "trastorno conversivo", prescribiéndose Prozac, Tranxilium y otros ansiolíticos.

Las consultas con el equipo psiquiátrico de Sanitas se sucedieron entre 2000, 2001, 2002 y 2003 con "idéntico resultado y diagnóstico. En cada consulta era catalogado como enfermo psiquiátrico sin que nadie le hubiera hecho una mínima exploración neurológica", explica la asociación.

En 2006 añadieron Cypralex al tratamiento con psicotrópicos, sin mejoría. Entre junio de 2006 y 2008 realizó no menos de 14 visitas al Servicio de Psiquiatría de Sanitas, y otras trece al Servicio de Neurología sin que variasen el diagnóstico.

En abril de 2008 acudió a la consulta de otro neurólogo quien, tras una exploración neurológica como "nunca antes se había llevado a cabo, concluyó que no padecía un cuadro conversivo" sino la enfermedad de Parkinson.

Tras pautar tratamiento específico el paciente comenzó a mejorar tras 12 años de padecimiento y medicación ansiolítica. Estudios genéticos confirmaron la existencia de un párkinson de origen familiar tipo Prk-2.

Según la sentencia, la historia clínica del paciente evidencia que, durante "los años 1996 a 2000, acudió en multitud de ocasiones a las consultas de neurología y psiquiatría del hospital y no consta que se realizase al paciente una exploración neurológica adecuada", pese a que los síntomas orientaban clínicamente a un párkinson.

En el fallo, que es recurrible, el juzgado estima parcialmente la demanda y fija en 260.000 euros la indemnización por el daño sufrido, más los intereses del artículo 20 Ley del Contrato de Seguro, desde marzo de 2010.