La Sección Segunda de la Audiencia de Navarra decidió ayer desestimar los recursos interpuestos por el Ministerio Fiscal, la acusación particular, que representa a la víctima, y las acusaciones populares -Gobierno de Navarra y Ayuntamiento de Pamplona- contra el auto del 21 de junio en el que se decretaba la libertad provisional de los cinco miembros de La Manada, condenados a 9 años de prisión por un delito de abuso sexual con prevalimiento a una joven el 7 de julio de 2016 en Pamplona.

La Sala indica en esta resolución que la decisión conocida el auto del 21 de junio es "firme" y contra él no cabe recurso alguno. Este auto vuelve a contar con el voto particular del presidente de la Sala, que muestra su "discrepancia" con respecto a que la prisión provisional pueda ser eludida mediante fianza y aboga por la prórroga de la prisión provisional sin fianza hasta la mitad de la pena impuesta.

En cuanto a la situación del guardia civil Antonio Manuel Guerrero, que acudió a una oficina del DNI en Sevilla para intentar obtener el pasaporte, la Sala indica que será objeto de la debida resolución en un auto independiente.

En la resolución del 21 de junio, la Sala, con mayoría de dos magistrados a uno, decretó la libertad provisional de La Manada basada en que no apreciaban riesgo de fuga de los condenados ni riesgo de reiteración delictiva.

Según la Sala, los recursos de súplica planteados deben ser desestimados de conformidad con "los razonamientos jurídicos expuestos en el auto impugnado" que a su juicio "no han sido desvirtuados por las alegaciones de los recurrentes". En primer lugar, señala que todos los recursos "omiten la debida consideración, y consecuencias que de ello deben extraerse, de la reiterada doctrina constitucional de aplicación al caso" y que ya, dice, recogió en el auto recurrido. Expone que "dichos procesados estaban próximos a cumplir los dos años de prisión provisional, pretendiéndose por las acusaciones agravar aún más esta situación de privación de libertad sin sentencia firme, prolongándola hasta la mitad de la pena impuesta".