El Juzgado de lo Penal número 4 de Jaén ha condenado a dos años y medio de prisión a un joven de 23 años, además del pago de una multa de 1.620 euros, por instalar un sistema espía en el móvil de su pareja sin que ésta tuviera conocimiento de ello.

Según recoge como hechos probados la sentencia a la que ha accedido Europa Press, el acusado mediante este sistema obtenía "acceso a las conversaciones telefónicas de la misma, que grababa el contenido de sus mensajes de correo electrónico y WhatsApp, fotografías, ubicación, contraseñas, claves bancarias, pudiendo efectuar fotografías desde el teléfono de ella y verla a través de las cámaras del aparato".

La condena es por un delito de revelación de secreto con la agravante de parentesco ya que la jueza considera que la prueba practicada en el juicio celebrado el pasado 4 de septiembre es "suficientemente clara, sólida y consistente" para considerar "incuestionable el ánimo subjetivo del acusado de descubrir los secretos" de su entonces pareja.

A la hora de establecer la agravante de parentesco, la jueza la argumenta que no ha quedado acreditado que la intención del acusado fuera la de proteger a su pareja de una amenaza externa.

De hecho, durante el juicio, J.F.J. aseguró en su declaración que lo hizo por "sobreprotegerla" ya que "tenía miedo de que le pasara algo" puesto que, según su versión, la joven estaba recibiendo "amenazas de violación y muerte" y "ella no quería denunciar por miedo".

La sentencia establece que el acusado instaló el sistema espía sin advertirle de ello a su pareja "para conseguir su propósito de saber siempre dónde estaba, conocer sus actividades y sus conversaciones". Una vez instalado le entregó el móvil para su uso. Según declaró la joven en el juicio fue un regalo.

Tal fue la situación de control que la chica llegó a sospechar de que en todo momento el acusado conociera cada uno de sus pasos y finalmente, en julio de 2015, se dio cuenta de que tenía instalado un sistema espía en el móvil y optó por acabar con sus nueve meses de relación sentimental e interponer la correspondiente denuncia en la Policía Nacional.

La sentencia, que absuelve a J.F.J., de tres delitos de coacciones y una falta de vejaciones injustas por los que también acusaba inicialmente el Ministerio Público, establece también en su condena tres años de alejamiento y de prohibición de comunicación con la víctima por cualquier medio. Además, el joven deberá hacer frente a una quinta parte de las costas procesales.

La joven víctima declaró en el juicio que se enteró por una pareja de amigos que tenía el móvil ''pinchado'' ya que el acusado se le comentó a uno de ellos.

La pena impuesta conlleva el ingreso en prisión de este joven que carece de antecedentes penales. La sentencia no es firme y cabe recurso de apelación ante la Audiencia de Jaén.