La Audiencia Provincial absolvió a C.M.A.G. del delito de abuso sexual a su hija de ocho años, al considerar que la menor pudo haber elaborado su relato debido a las malas relaciones que existían en su entorno familiar. La madre presentó una denuncia en 2014 en el cuartel de la Guardia Civil de La Victoria, en la que contaba que el padre se introducía en el dormitorio de la hija y se acostaba desnudo con ella, entre otras presuntas prácticas.

Como medida cautelar dos días más tarde se acordó la prohibición del acusado de acercarse a menos de 500 metros de la niña o comunicarse con ella. Aunque la Sala entiende que el relato de la menor se mantuvo de manera invariable en aspectos esenciales, no ocurrió así en otros secundarios pero igualmente nucleares. La joven recibía en aquel entonces atención psicológica debido al comportamiento violento de su padre, por lo que no quería ir con él y lo acusó de entrar en el aseo cuando se estaba duchando para molestarla. Por ello se intuye que detrás de la denuncia puede existir un móvil "espurio o de resentimiento o enemistad" y que debido a su edad quedó expuesta a la influencia de su entorno más cercano, concretamente de su madre. Esta sospecha se basaría en las denuncias por malos tratos, abandono de familia y quebrantamiento del alejamiento presentadas por su exesposa.

Tampoco se encontraron daños que demuestren que era sometida a agarrones o fuertes sujeciones en hombros y brazos.