La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha inadmitido el recurso presentado por el promotor inmobiliario, J. F. CH. P. condenado a tres años de cárcel por un delito de alzamiento de bienes. El fallo también obliga a que pague 480.000 euros a su socio, un conocido abogado tinerfeño que fue quien se querelló.

El procesado firmó con el letrado en julio de 2005 un contrato por el que le transmitía por algo más de seis millones la totalidad de los locales comerciales y tres plazas de garaje de un edificio que iba a construir en el centro de Santa Cruz. El futuro inmueble supondría una inversión de 7,7 millones y sería ocupado por un centro comercial llamado El Mocanal. Para ello adquirió una casa de tres plantas y otra de cuatro, con el dinero obtenido a través de 3 préstamos concedidos por un banco.

El acusado achacó lo ocurrido a los continuos retrasos a los que se enfrentó para obtener los correspondientes permisos por parte de la Gerencia de Urbanismo. A todo ello se sumó también que las entidades financieras se negaron de forma sistemática a otorgarle más préstamos. Finalmente, la licencia fue concedida por el ayuntamiento a principios de 2009, pero la promotora nunca llegó a iniciar la obra.