Agentes de la Guardia Civil pertenecientes al Puesto de Santa Cruz de Tenerife, que prestaban servicio de seguridad ciudadana en el municipio de El Rosario, detuvieron el 2 de agosto a un varón de 72 años por matar a un perro golpeándole con una azada.

Los hechos comenzaron cuando una llamada de una testigo alertaba al Centro Operativo Complejo (COC) de la Comandancia de la Guardia Civil en Santa Cruz de Tenerife de que un varón se encontraba golpeando a un perro con lo que parecía ser un azada en un barranco situado en las inmediaciones de la iglesia de San Isidro.

Al llegar a las inmediaciones del lugar donde se estaban produciendo los hechos, los agentes pudieron observar cómo un varón, en la lejanía, subía por la ladera del barranco portando una azada en la mano. Cuando esta persona fue requerida en la distancia por los agentes, hizo caso omiso en varias ocasiones, incluso estando estos en sus inmediaciones, y continuó caminando en dirección contraria.

El hombre se dirigió a una finca cercana para luego desprenderse de la azada entre los matorrales, tras lo cual ya optó por cumplir las indicaciones y acercarse a los guardias civiles.

Al explicarle los agentes su presencia, el hombre negó los hechos y alegó que simplemente se encontraba realizando labores de limpieza en las inmediaciones de una cueva que tenía en el barranco donde guardaba varios canes podencos de raza. Los agentes comenzaron a inspeccionar toda la zona donde ocurrieron los hechos y encontraron una azada con manchas de sangre cerca de la parte metálica. Además, cuando consiguieron bajar hasta el fondo del barranco, pudieron divisar el cuerpo sin vida de un perro, tipo podenco, que mostraba heridas que parecían muy recientes.

Conforme a los indicios, y a fin de evitar la destrucción de pruebas, los agentes procedieron a la detención del varón como presunto autor de un delito relativo a la flora y la fauna y animales domésticos con resultado de muerte, tipificado en el artículo 337 del vigente Código Penal.

Este delito es castigado con la pena de tres meses y un día a un año de prisión e inhabilitación especial de un año y un día a tres años para el ejercicio de profesión, oficio o comercio que tenga relación con los animales y para la tenencia de animales. L as penas se impondrán en su mitad superior cuando se hubieran utilizado armas o determinados medios.