El Tribunal Supremo (TS) ha inadmitido a trámite el recurso presentado por G.L.R.L., por medio del cual pretendía anular la sentencia de la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife que lo condenó a cinco años de cárcel. El fallo lo considera autor de un delito continuado de estafa agravada al falsificar pagarés por valor de 1,1 millones de euros.

Con la nueva resolución, el Tribunal Supremo también viene a ratificar que el procesado deberá hacer frente al abono de alrededor de 17.000 euros en cuanto a responsabilidad civil y multas.

La dueños de un restaurante, cafetería y discoteca situado en un centro comercial de Playa de las Américas, en el municipio de Arona, nombraron al acusado y a una de sus propietarias como administradores mancomunados. Pero aprovechando que esta última se fue de viaje a Estados Unidos, el recurrente, "con la intención de procurarse un beneficio ilícito", procedió a expedir pagarés y cheques a cargo de la entidad, imitando la firma de la dueña.

En total, se sumaron 14.200 euros, que tal y como apuntó la Audiencia en primera instancia y el Supremo ahora, "no se corresponden con ninguna operación verdadera".

Una vez que la socia llegó de su viaje y al ver la mala situación económica que presentaba la empresa, adquirió al otro propietario la totalidad de las acciones por 2.000 euros y cesó a G.L.R.L. como administrador.

En una reunión celebrada en el despacho de un abogado la denunciante explicó que había detectado irregularidades en las cuentas y le comunicó su destitución. Este por su parte reaccionó amenazándola con que "la iba a desgraciar" y a cobrarle todo lo que supuestamente le debía usando unos cheques que estaban en su poder.

Y efectivamente emitió y rellenó un pagaré por 250.000 euros, más otros 75.000 en concepto de intereses, gastos y costas, que no se correspondían a ninguna operación, utilizando una firma estampada de la empresaria.

En base a este documento inició un procedimiento de requerimiento de pago y embargo contra la entidad de la que fue destituido.

Idéntica actuación llevó a cabo con otro pagaré por importe de casi 599.000 euros, más 197.000 por intereses de demora, gastos y costas. Ambos procedimientos, que sumaban algo más de 1,1 millones, serían suspendidos debido a la querella que concluyó con la condena emitida en la Audiencia y ratificada ahora por el Supremo.

En definitiva, se considera que el acusado utilizó los tribunales "para obtener un beneficio ilícito mediante una maniobra torticera" que consistió "en el reconocimiento judicial de un derecho del que en realidad se carecía".