La Audiencia de Segovia ha condenado a 10 años de prisión a un hombre de 35 que mantuvo relaciones sexuales consentidas con dos menores de 16 años en (Cantimpalos) Segovia.

La sentencia proporcionada por el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, ha considerado probado el continuado abuso sexual a dos niñas de menos de 16 años y ha detallado que para este tipo de delitos el consentimiento libre del menor "no excluye la responsabilidad penal".

Los hechos ocurrieron en abril de 2017 cuando el acusado inició una relación sentimental con la primera menor, que tenía 14 años, y mantuvo con ella relaciones sexuales en, al menos, cuatro ocasiones en el domicilio del acusado.

Además, la menor consumió marihuana suministraba por el acusado, aunque no consta que esto influyera en la decisión de consentir la relación sexual, según la sentencia.

La relación cesó al ser descubierta por la madre de la menor, que le dijo que se alejara de su hija y ambas procedieron a denunciar los hechos ante el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3 de Segovia.

Tras la ruptura, el acusado inició una nueva relación sentimental de pareja con una amiga de la anterior víctima, de 15 años, también en su domicilio y, del mismo modo, durante la cita le suministraba porros de marihuana.

Esta relación acabó cuando unos parientes vieron a esta menor en compañía del ahora condenado y lo pusieron en conocimiento de la madre, quien también tomó la decisión de formular la denuncia ante la Guardia Civil de Cantimpalos.

El magistrado ha indicado que "no hay duda" de que el acusado conocía que eran menores de 16 años, y sabía sus edades, de hecho alude a que "se contenta" con confirmar a través de conversaciones con las víctimas que tenían más de 13 años.

Sin embargo, ha concluido que actuaba con un criterio equivocado en la ignorancia de la antijuridicidad de su conducta, por lo que ha reducido la pena solicitada por la Fiscalía desde los 21 años a 10 por abuso sexual a menores y un delito contra la salud pública en el que incurre al proporcionar marihuana a las menores.

Además, la Audiencia la prohíbe aproximarse a menos de 300 metros de las víctimas o a comunicarse con ellas durante cinco años a contar desde el cumplimiento de la pena privativa de libertad y le impone la obligación de participar en programa de educación sexual e indemnizar con 3.000 euros a cada una.