La Audiencia Provincial de Las Palmas ha confirmado una sentencia del Juzgado de lo Penal de Arrecife (Lanzarote) nº3 que alerta sobre la "proliferación" de testigos falsos en procedimientos penales", enfatizando que este tipo de perjurios se está "convirtiendo en una práctica muy habitual en los últimos tiempos".

Así lo ha informado el Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) en una nota de prensa en la que explica que la Sección Primera de la Audiencia Provincial desestimó el 1 de marzo el recurso de apelación interpuesto por un hombre condenado el 10 de septiembre de 2018 a pagar una multa de 3.600 euros, a cuatro años de privación del derecho a conducir vehículos a motor y a la pérdida de la vigencia del carné como autor de un delito contra la seguridad del tráfico en su modalidad de conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas.

En dicha sentencia de 2018, la magistrada del Juzgado de lo Penal nº3 de Arrecife, Aitziber Oleaga, ordenaba la deducción de testimonio contra dos testigos presentados por el acusado en el juicio. MINTIERON UN EMPLEADO DEL ACUSADO Y EL DUEÑO DE UN TAXI

El motivo fue que apreciaba al indicios de que ambos habían mentido de forma para favorecer al acusado: un empleado de éste que alegó que era él quien verdaderamente conducía el vehículo y el dueño del taxi contra el que chocó el acusado.

Precisamente este último, a pesar de que en el momento del accidente había sacado una foto con su móvil al acusado sentado al volante, apareció en el juicio asegurando bajo juramento que se habían confundido y reconociendo ahora como conductor al empleado del acusado.

Por su parte, la magistrada advirtió en su sentencia que mentir sobre la autoría en la conducción en los delitos contra la seguridad vial no sólo por los encausados, sino por los testigos, "amén de la proliferación de los testigos falsos que se presentan en otros tipos de procedimientos penales", se está convirtiendo "en una práctica muy habitual en los últimos tiempos".

Según la sentencia ahora declarada firme, los casos en los que se miente por parte del encausado y los testigos en este tipo de delitos "se corresponde con personas que ya cuentan con varios antecedentes penales en su haber, con lo que con esta maniobra indeseable y contraria a la Administración de Justicia lo que tratan es de evitar lo que al final sucede, el ingreso en prisión de los conductores reincidentes que, no lo olvidemos, son un peligro para el resto de usuarios de la vía".

EL ACUSADO CONTABA CON OTRAS CUATRO CONDENAS POR HECHOS SIMILARES

En el presente caso, el ahora condenado con dos condenas previas por conducción alcohólica y otras dos posteriores al presente caso, circulaba sin carné en la medianoche del 31 de julio de 2016 por la calle Alegranza de Arrecife, cuando chocó contra el coche de un taxista, al no respetar un stop.

Al acudir la Policía y practicarle las pruebas de detección alcohólica, arrojó un resultado positivo de 0.95 mg/l y 0,94 mg/l. El dueño del taxi siniestrado llegó a hacerle un fotografía con su móvil en la que se le veía sentado al volante.

Además, a pesar de estas pruebas, en el juicio el acusado presentó como testigo a un empleado de su empresa que se echó la culpa a sí mismo aseverando que quien conducía era él y no su jefe y al propio taxista afectado, quien ahora no lo identificó a él como conductor, y sí a al autoimputado.

La sentencia desmonta la tesis del acusado tomando como principal base las declaraciones policiales y del propio imputado ante la Policía y deduce testimonio contra los dos testigos ante el Decanato judicial para que se abra una investigación por falso testimonio.

Por último, el Juzgado de lo Penal número 3 de Arrecife ha ordenado investigar al menos seis casos --contando con el presente-- en los que había serios indicios de perjurio o falso testimonio para favorecer a los acusados, por distintos delitos.