La Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife ha dejado abierta la posibilidad de que la restauración de los barrancos de Güímar, que una sentencia dictada el pasado año fijó en un plazo máximo de dos años, pueda prolongarse en el tiempo sin que eso signifique incumplimiento del fallo judicial.

Así lo reconoce un decreto del letrado de la Administración de Justicia de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife, que desestima los recursos de reposición que habían interpuesto las direcciones letradas del Ayuntamiento de Güímar y de los agricultores afectados por las extracciones Jesús Segundo Jorge Díaz y Francisco Javier Hernández Armas contra la resolución dictada el pasado mes de octubre por el propio letrado.

En ella, el letrado de la Administración de Justicia ya daba a entender que los areneros no tenían plazo para ejecutar la sentencia del año 2016. Y lo hacía como respuesta a un recurso que las defensas del consistorio y de los dos agricultores citados habían presentado tras tener conocimiento de que la empresa Hermanos Morales (José Enrique Morales) había presentado un plan de restauración a tres meses y medio del plazo de vencimiento.

"Nos pareció una tomadura de pelo", confirmó ayer Carlos Álvarez, abogado de Segundo Jorge y Francisco Javier Hernández.

En los fundamentos de derecho del decreto al que ha tenido acceso este periódico, el letrado expone lo siguiente: "La concesión de los beneficios de la suspensión de la ejecución de la pena, cuyo plazo para los tres penados fue por dos años, condicionado dicho beneficio al cumplimiento de las medidas encaminadas a restaurar el equilibrio ecológico perturbado que se adopten a su cargo en ejecución de sentencia, no determina que esa obligación de hacer se cumpla de forma inexorable en dos años, sino que una vez que transcurra el plazo cabría la posibilidad legal de revocación".

Todo ello, añade el letrado, "si no se cumpliera dicha condición, lo cual valoraría el tribunal sentenciador, junto con las causas concurrentes, entre ellas la actividad desplegada por los condenados para iniciar el cumplimiento de la condición, máxime debido a la complejidad de su cumplimiento por la competencia que varias administraciones tienen en esta materia y por la dispersión de normas administrativas que deben aplicarse para el cumplimiento de la misma".

"El letrado dice que puede revocar los dos años de la sentencia, con lo que elimina el principio de intangibilidad. Y una sentencia tiene que ser revocada por el juez superior, pero no por el mismo que la dictó siendo firme", indicó Carlos Álvarez, quien avanzó que recurrirán este decreto.

A su juicio, que sea complejo el plan de restauración "no exime a los areneros ni tampoco a que el Gobierno de Canarias hubiese marcado ya un plan de recuperación, aunque no se pudiese cumplir", añadió Álvarez. "Y si no se hace se realiza un decomiso, del que habla también el propio Cabildo de Tenerife en el informe sobre las restauraciones remitido a la Audiencia", precisó.

Cabe recordar que el Parlamento de Canarias aprobó el pasado mes de mayo, por unanimidad, una moción en la que instaba al Ejecutivo canario a elaborar los informes técnicos y jurídicos, así como los proyectos que sean necesarios, para garantizar el cumplimiento de la sentencia contra los tres empresarios condenados por la extracción ilegal de áridos en los barrancos de Güímar.