Adiós al Ingreso Mínimo Vital: este es el trámite que debes realizar para mantener la prestación

Los beneficiarios podrían perder el derecho a cobrar esta prestación

Adiós al Ingreso Mínimo Vital: este es el trámite que debes realizar para mantener la prestación

Adiós al Ingreso Mínimo Vital: este es el trámite que debes realizar para mantener la prestación

La Agencia Tributaria ha comenzado a avisar a los perceptores del Ingreso Mínimo Vital (IMV) sobre la obligatoriedad de presentar la declaración de la Renta. Si no se realiza este trámite fiscal antes del 1 de julio, los beneficiarios perderán el derecho a seguir cobrando esta prestación.

La campaña de la Renta correspondiente al ejercicio 2023-2024 ya está en marcha. Los perceptores del IMV deben presentar su declaración de la Renta, ya sea por vía web, a través de atención telefónica o de manera presencial a partir del 3 de junio en las oficinas de la Agencia Tributaria.

Es importante destacar que todos los miembros de la unidad familiar, independientemente de su edad, deben presentar la declaración de la Renta. Esto incluye a los menores de edad, quienes deben solicitar el sistema Cl@ve para identificarse correctamente ante la Agencia Tributaria.

Consecuencias de no presentar la declaración

Si los beneficiarios del IMV no presentan la declaración de la Renta a tiempo, la prestación será suspendida hasta que la Seguridad Social y la Agencia Tributaria compartan los datos y verifiquen que se cumplen los requisitos para seguir recibiendo la ayuda.

Presentar la declaración de la Renta no implica necesariamente tener que pagar a Hacienda por el IMV recibido. La mayoría de los perceptores no tendrán que tributar, ya que no superan el límite exento de 22.000 euros brutos anuales.