¡No lo dejes para el último minuto! El 1 de julio es la fecha límite para presentar la Declaración de la Renta

La Agencia Tributaria permite presentar la declaración fuera de plazo, pero tendrá consecuencias económicas

¡No lo dejes para el último minuto! El 1 de julio es la fecha límite para presentar la Declaración de la Renta

¡No lo dejes para el último minuto! El 1 de julio es la fecha límite para presentar la Declaración de la Renta

Muchos contribuyentes ya han dado cuenta de los ingresos y rentas que obtuvieron durante 2023. No obstante, si aún no has presentado la Declaración de la Renta, debes saber que el último día para poder realizar este trámite será el próximo lunes 1 de julio.

Pese a que es posible presentar la declaración fuera de plazo, excederse en la fecha tiene consecuencias económicas. La cuantía de la penalización será mayor o menor dependiendo de tres factores: el tiempo que ha transcurrido desde que Hacienda cierra el plazo hasta que tú la presentas, si la declaración sale a devolver o a pagar y si esperamos a que sea la Agencia Tributaria la que nos exige que demos cuenta de nuestros ingresos y rentas.

¿Cuándo debo presentar la declaración de la Renta?

Estás obligado a presentar la declaración de la Renta si:

  • Has obtenido ingresos por un importe superior a 22.000 euros anuales provenientes de un único pagador.
  • Has tenido más de un pagador a lo largo del año y la suma de las retenciones practicadas por todos ellos supera los 15.000 euros.
  • Has recibido ingresos de más de 1.500 euros de un pagador secundario, incluso si no llegas a los 14.000 euros.
  • Has obtenido ganancias en la Bolsa o en otros activos financieros.
  • Has vendido un inmueble o un terreno.
  • Has recibido rentas procedentes del extranjero.

Excepciones a la obligación de presentar la declaración

No estás obligado a presentar la declaración de la Renta si:

  • Tus únicos ingresos han sido el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) y no has tenido ningún otro pagador.
  • Tus ingresos proceden de prestaciones por desempleo, pensiones o becas y no superan los 22.000 euros anuales.
  • Has tenido un único pagador y la suma de las retenciones practicadas es igual o superior al importe a ingresar.

En cuanto a las novedades de esta campaña, hay que recordar la obligación de declarar las criptomonedas, la ampliación de las ayudas para la reforma energética y la nueva opción de estimación objetiva para autónomos, un cálculo que busca simplificar la declaración de la Renta de estos profesionales.