Buenas noticias para los parados: estos son los requisitos para pedir la ayuda de 480 del SEPE

Las ayudas económicas por desempleo son, a menudo, el sustento de muchas personas y familias

La vicepresidenta segunda, Yolanda Díaz, durante su intervención en el Congreso sobre la reforma de los subsidios.

La vicepresidenta segunda, Yolanda Díaz, durante su intervención en el Congreso sobre la reforma de los subsidios. / Eduardo Parra

El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) es una entidad que se encarga de contribuir al desarrollo de la política de empleo, gestionar el sistema de protección por desempleo y garantizar la información sobre el mercado de trabajo. También, gracias a las ayudas que otorga, es el alivio económico, y a veces sustento, de muchas personas y familias.

En este sentido, la entidad ofrece diferentes subsidios para las personas desempleadas según su situación económica y personal. Una de ellas es la Renta Activa de Inserción (RAI), una de las más demandadas y que va a desaparecer muy pronto.

Qué es la Renta Activa de Inserción y quién puede solicitarla

La Renta Activa de Inserción es una ayuda dirigida a los parados de larga duración, que tiene como objetivo potenciar sus oportunidades de retorno al trabajo. Esta ayuda está disponible para aquellas personas que no tengan derecho a la prestación contributiva ni al subsidio por desempleo, y también está dirigida a las víctimas de violencia de género y a las personas migrantes de más de 45 años.

La RAI es una ayuda de 480 euros que puede recibirse durante once meses, permitiendo prorrogarla hasta los 33, pero siempre y cuando haya un año blanco entre cada periodo. Si agotan esas cantidades de meses, la persona recibiría 5.280 euros. Sin embargo, hay una excepción: las víctimas de violencia de género no es necesario que esperen 365 días para seguir recibiéndola.

Según los últimos datos ofrecidos por el SEPE, 92.129 personas perciben la RAI, de las cuales 26.977 son hombres y 65.152 mujeres.

Cuándo desaparece la Renta Activa de Inserción

No obstante, la Renta Activa de Inserción tiene los días contados. Esta ayuda de 480 euros mensuales será eliminada a partir del 1 de noviembre, cuando entre en vigor la nueva reforma de los subsidios por desempleo. Por ello, queda derogado el Real Decreto 1369/2006, que regulaba el programa de Renta Activa de Inserción para desempleados con especiales necesidades económicas y dificultad para encontrar empleo.

No obstante, las personas que hayan solicitado, estén recibiendo o se encuentren en el año en blanco podrán seguir recibiendo este subsidio a partir del 1 de noviembre. Esto se debe a que la reforma que va a entrar en vigor permite recibir la ayuda según las normas antiguas hasta que se agote la prestación.

Acuerdo entre el Gobierno y los sindicatos para reformar el subsidio por desempleo

Vídeo: Agencia ATLAS | Foto: EP

Requisitos para pedir la Renta Activa de Inserción

  • Tener un mínimo de 45 años pero menos de 65 años de edad.
  • Haber extinguido una prestación contributiva o subsidio por desempleo, salvo por sanción.
  • Contar con una inscripción ininterrumpida de demanda de empleo durante 12 o más meses en la oficina de empleo.
  • Carecer de rentas superiores al 75% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) en vigor.

Los nuevos subsidios que van a entrar en vigor a partir del 1 de noviembre

Con la entrada de la nueva reforma que cambia el sistema de subsidios, se van a producir diferentes cambios. Entre los más destacados, es que los nuevos subsidios por desempleo ya no tendrán una cuantía fija, sino que irá disminuyendo de manera gradual. De esta manera, durante los primeros seis meses, se recibirá el 95% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), es decir, unos 570 euros. En los seis meses siguientes se recibirá el 90% del IPREM, mientras que a partir del año de subsidio la cantidad otorgada será del 80% del IPREM.

Además, se elimina el denominado "mes de espera". Esto implica que, una vez finalizada la prestación por desempleo, si la persona continúa sin encontrar trabajo, empezará a recibir el subsidio por desempleo de forma inmediata. Esta medida significará que no habrá ningún periodo sin recibir prestación.

Otra de las medidas más importantes y anunciadas es que se podrá compatibilizar la prestación por desempleo mientras se trabaja. Para ello hay que cumplir una serie de requisitos:

  • Haber agotado los primeros 12 meses de la prestación por desempleo.
  • El salario bruto no debe superar el 225% del IPREM (actualmente unos 1.350 euros).
  • La cantidad a percibir dependerá del tiempo desempleado y el tipo de contrato. Aquellos que hayan estado desempleados entre 13 y 15 meses y consigan un empleo a tiempo completo recibirán el 80% del IPREM, es decir, 480 euros mensuales. Para quienes hayan estado sin empleo entre 19 y 21 meses, esta cantidad se reduce al 40% del IPREM, lo que equivale a 240 euros al mes.
  • Para jornadas a tiempo parcial, se dará un 60% del IPREM (360 euros).

En cualquier caso, este beneficio se puede obtener hasta un máximo de tres meses.